Micelio
Auto22 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Diana Marcela Camacho Fernandez·Demandado Corte Suprema De Justicia, Sala Laboral Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral.

Para la Corporación resulta evidente que la Corte Suprema era quien tenía el deber constitucional de dar trámite a la acción de tutela, ya que no podía sustentar su falta de competencia en el alcance del numeral 1º del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000.

Se recuerda, que las reglas contenidas en la precitada norma son de reparto y no de competencia, por lo que no le es dable a ningún juez constitucional declararse incompetente con base en las mismas.

Se dirime el asunto ordenando la remisión del expediente a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que sin más dilaciones de trámite al mismo.

Se hace una advertencia a las autoridades involucradas en el presente asunto, para que en adelante acaten debidamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, a fin de evitar que se adopten decisiones que dilaten la protección de los derechos invocados por los peticionarios.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS las decisiones de fecha 11 de diciembre de 2015, mediante la cual la presidencia de la Corte Suprema de Justicia se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela interpuesta por la senora Diana Marcela Camacho Fernandez y la emitida el 30 de marzo por la Sala de Casacion Laboral en el mismo sentido.
  2. Segundo. REMITIR el expediente a la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que, sin mas dilaciones, de tramite a la accion referida.
  3. Tercero. PREVENIR a las autoridades aca involucradas para que en adelante acaten debidamente la jurisprudencia de esta Corte en materia de conflictos de competencia, a fin de evitar que se adopten decisiones que dilaten la proteccion de los derechos invocados por los accionantes.
  4. Cuarto. Por secretaria General, COMUNICAR a la accionante y a la Sala de Conjueces del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota lo resuelto por esta Corporacion.
  5. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.